Aprobacion Ley para el Fomento y Protección de la Actividad Piloncillera

Aprobacion Ley para el Fomento y Protección de la Actividad Piloncillera


Las diputadas y diputados de la LXIV Legislatura aprobaron el Dictamen de la nueva Ley para el Fomento, Desarrollo y Protección de la Actividad Piloncillera, considerándola como una actividad agrícola, artesanal y tradicional en el Estado de Veracruz, que tiene por objeto fomentar el desarrollo de esta, estableciendo que para protegerla elaboración del piloncillo deberá ser hecho, únicamente, con jugo de caña de azúcar, con calidad para el consumo humano y mediante la utilización de trapiches.

De acuerdo a la nueva Ley, la Secretaría de Desarrollo Agropecuario Rural y Pesca (SEDARPA) y al presupuesto anual que le corresponda a esta, enviará los recursos que se destinen para el sector piloncillero. De los recursos públicos enviados por el Ejecutivo Federal deberá destinar una partida especial para este sector.

Además, deberá planear, promover y coordinar la realización de programas tendientes a fomentar y mejorar la producción del piloncillo.

También promoverá campañas para prevenir y combatir las plagas en los trapiches piloncilleros, así como para prevenir y combatir las plagas y enfermedades que presente la caña de azúcar.

Se crea el Padrón Estatal de Productores Piloncilleros, a fin de que se establezca un registro de todos los productores de piloncillo activos en el Estado. Dicho padrón será un instrumento auxiliar de la SEDARPA para el  cumplimiento de esta Ley.

La SEDARPA tendrá atribuciones para fomentar y proteger la actividad piloncillera; coadyuvar en el diseño, planeación y programación de políticas públicas destinadas a este sector; resolver sobre las solicitudes de apoyo que suscriban los productores para ser beneficiarios de los programas de apoyo a la actividad piloncilla, así como promover y dar seguimiento a los programas destinados a este ramo.

Se establece que en la elaboración del piloncillo se prohíbe utilizar azúcar, mieles de línea de productos que se encuentren en los establecimientos comerciales, barredura de azúcar o azúcar siniestrada de ingenios azucareros, dulces o caramelos derretidos y cualquier endulzante que no sea jugo de caña de azúcar extraído de los trapiches.

De igual forma, colorantes o cualquier otro tipo de sustancia que altere el valor nutricional o ponga en peligro la salud humana.

En el Reglamento de esta ley se establecerá el procedimiento para que la SEDARPA en coordinación con órganos auxiliares, lleven a cabo visitas de inspección y vigilancia en los trapiches piloncilleros, con la finalidad de verificar y certificar que en el proceso se utilice únicamente jugo de caña de azúcar y que no existan indicios de que ocupan otros endulzantes para la elaboración del piloncillo.

Este Dictamen registró 36 votos a favor, sin votos en contra o abstenciones.

Esta ley es resultado de la iniciativa que presentó, el 2 de Mayo de 2017, el diputado Rogelio Arturo Rodríguez García.

En los posicionamientos y tras dar la bienvenida a productores de piloncillo que acudieron al salón del Pleno, del Congreso, el diputado Rogelio Arturo Rodríguez manifestó que en atención a las demandas de los ciudadanos se refleja esta reforma para combatir la lucha desigual que sufren los productores de piloncillo y ayudará a una eficiencia hacia esta actividad.

La presidenta de la Comisión Permanente de Desarrollo Artesanal, diputada María Adela Escamilla Moreno destacó la importancia de la actividad piloncillera en Veracruz y se pronunció a favor de esta Ley, ya que permitirá reactivar la economía en las diversas regiones en las que se dedican a esta actividad.

Los comentarios están cerrados.