Alquiler de vientre

Alquiler de vientre


De las 32 entidades de la República Mexicana, solo tres cuentan con regulación en el tema de maternidad subrogada o “alquiler de vientre”: Tabasco, Sinaloa y Coahuila; en los otros 29 hay desprotección jurídica para un hecho que se da, informó la maestra Luz Helena Orozco y Villa, profesora del departamento de Derecho en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM).

 

La maternidad subrogada, es una técnica de reproducción asistida que consiste en que una mujer acepte que se le transfiera en su útero un embrión previamente fecundado, para que quede embarazada, gestarlo a término y parirlo en sustitución de una persona o pareja.

 

¿Qué pasa con los demás estados, incluida la Ciudad de México en donde no se tiene regulado con claridad este tema? “Estamos dejando en total indefensión a los ciudadanos, hay una inseguridad jurídica tremenda, porque es probable que estos convenios que se dan de facto puedan no estar protegidos por el derecho y es muy probable que sean susceptibles de nulidad (…) A priori, en términos normativos, si no existe ninguna regulación al respecto, es muy posible que se priorice la gestación por encima de la voluntad procreativa”, explicó la maestra en derecho por la Universidad de Columbia, durante la conferencia “Los problemas nacionales y el derecho: Maternidad subrogada y reproducción asistida”, que se llevó a cabo ayer en la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

 

A nivel mundial, los países que llevan a cabo la maternidad subrogada o por sustitución mediante un contrato de gestación de forma altruista son Gran Bretaña, Canadá, Australia y Sudáfrica, mientras que el de vientre de alquiler comercial son India, Rusia y Ucrania. Los países que prohíben esta práctica son Francia, Alemania, Italia y China.

 

El Estado y la gestación subrogada

El Estado no debería prohibir la maternidad subrogada, ya que muchas personas y parejas se pueden beneficiar de la misma, lo que se tiene que hacer es velar para que no se presenten abusos de ningún tipo y que se garantice la dignidad de todos los involucrados, enfatizó por su parte la doctora Alicia Hamui Sutton.

 

“Los ejes de la ley que tienen que garantizar el bien de las partes involucradas en la gestación subrogada es que se respeten las libertades, como el género, religión, etnia y todas las libertades que están consagradas en nuestra Constitución Política”, señaló la profesora del curso de Especializaciones en Medicina Familiar.

 

Las implicaciones de salud de la maternidad subrogada son prácticamente las mismas que la maternidad tradicional, por lo que no puede ser un argumento en contra de esta posibilidad para tener hijos cuando una persona no puede, explicó la doctora Hamui.

 

“Se ve como ético que una pareja heterosexual lo utilice cuando tiene problemas de infertilidad, (…) Pero la respuesta no es tan obvia frente a la homosexualidad, lo mismo ocurre si una persona soltera quiere tener un hijo y recurre a esta modalidad para poder tenerlo”, dijo la profesora que forma parte del proyecto “Saberes socialmente productivos, educación e integración de la diversidad en México”.

 

En la conferencia Los problemas nacionales y el derecho: Maternidad subrogada y reproducción asistida, también participaron el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, José Ramón Cossío, y el doctor Germán Fajardo, director de la Facultad de Medicina de la UNAM, institución que forma parte de la mesa directiva del Foro Consultivo Científico y Tecnológico.

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