Fortalecería Congreso atribuciones de la UPAV


Xalapa, Ver. La LXIII Legislatura de Veracruz dio entrada a la iniciativa –enviada por el Ejecutivo estatal- para fortalecer a la Universidad Popular Autónoma de Veracruz (UPAV), con el fin de que cuente con autonomía universitaria para lograr autogobierno, auto organización académica y la facultad de autogestión administrativa.

Durante la décima tercera sesión ordinaria, del tercer año de labores, la Mesa Directiva, presidida por la diputada Octavia Ortega Arteaga, turnó a la Comisión Permanente de Educación y Cultura esta modificación para dotar de autonomía a esta casa de estudios para la toma de decisiones racionales y objetivas sobre la vida universitaria.

La propuesta legislativa contempla la creación de una Contraloría Universitaria que tendrá como facultades supervisar el debido funcionamiento de las autoridades universitarias y el correcto manejo de los bienes y derechos de la UPAV, como institución autónoma de educación superior.

En relación a la Junta de Gobierno ésta sería integrada por cinco miembros electos de entre los académicos de esta casa de estudios, de conformidad con el procedimiento previsto en la normativa interior de la Universidad. Durarán en su encargo tres años y podrán ser reelectos por un solo periodo más.

Uno de los miembros fungirá como Presidente y el resto como vocales. El Rector desempeñará las funciones de Secretario Técnico de la Junta de Gobierno, y el Contralor Universitario fungirá como Comisario de la misma.

La Junta de Gobierno tomará sus acuerdos o resoluciones por mayoría de votos y, en caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad. Los cinco miembros que integran la Junta de Gobierno tendrán derecho a voz y voto; en tanto que el Secretario Técnico y el Comisario sólo tendrán derecho a voz.

Entre las atribuciones de la Junta de Gobierno estaría el aprobar el nombramiento del Rector.

La iniciativa contempla que el Consejo Técnico Académico de la Universidad sea la instancia encargada –ya no solo de elaborar- sino de aprobar la normativa interior para elegir a los miembros de la Junta de Gobierno; así como de elaborar y proponer los planes y programas de estudio, modalidades educativas, de investigación, vinculación y extensión universitarias y demás acciones educativas.

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