Este 5 de febrero se cumplirán 97 años de que se promulgó la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, primera norma de carácter político-social que rige actualmente en el país y a la que se han incorporado las más variadas decisiones institucionales a lo largo de las reformas a su texto. Este mismo día también se celebrarán 14 años del nacimiento de la Constitución Política de Veracruz que fue reformada en forma integral.

         Al respecto, el académico de la Facultad de Derecho de la Universidad Veracruzana y miembro del Sistema Nacional de Investigadores (SNI), Enrique Córdoba del Valle, destacó que es importante que los ciudadanos conozcamos ambos documentos puesto que “coinciden en proteger los derechos de los individuos y las vías para hacerlos efectivos”.

         Sobre el contenido actual de la Carta Magna comentó: “Si bien han pasado 97 años de vigencia, las recientes reformas aprobadas y otras en proceso de promulgación han posicionado a este ordenamiento como un texto que recoge aspiraciones populares de todos los sectores de la sociedad, pues originalmente las expresiones del pueblo fueron convertidas en norma en los artículos 3º, 27 y 123, y recientemente –con las propuestas presidenciales–, a pesar de la escasa discusión parlamentaria de los partidos políticos, se produjo una gran reforma constitucional en los ámbitos energético, educativo, político-electoral, de telecomunicaciones, hacendario y fiscal”.

Al preguntar cuáles son los contenidos esenciales de estas reformas constitucionales, expresó que “acaso la más importante para el titular del Ejecutivo es la Reforma Energética y de Telecomunicaciones que permitirá la entrada de capital privado a estos sectores, sin menospreciar la Reforma Político-Electoral que establece la reelección de legisladores y alcaldes, la prohibición a los titulares de los estados de imponer o designar candidatos y autoridades electorales y la creación del Instituto Nacional Electoral”.

Precisamente, prosiguió, una de las más criticadas por los integrantes del Instituto Federal Electoral (IFE) y de algunos organismos electorales de los estados, o del Instituto Federal de Telecomunicaciones que sustituyó a la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel), fue la ley político electoral.

Córdoba del Valle también alertó que “habrá que estudiar a fondo las reformas Hacendaria y Fiscal, que si bien no trastocan el texto constitucional introducen en la legislación secundaria un nuevo esquema de impuestos que se aplicarán a partir de este año”.

La Reforma Educativa también le genera una expectativa. Como educador, sintetiza: “Es sano que el Sistema Educativo Nacional se someta a una autoevaluación, pues el ingreso, permanencia y egreso de quienes integran este gremio no puede continuar a merced de unos cuantos. Por eso, por ejemplo, en la UV existen estándares de calidad, porque continuamente se están revisando sus programas educativos y el desempeño docente, de tal manera que quien trabaja más, produce más y genera un círculo virtuoso que le permite ser reconocido en lo individual por el Programa de Mejoramiento del Profesorado (Promep) o el SNI, y en lo colectivo por los organismos acreditadores que revisan la pertinencia de la currícula de la entidad académica a la que se pertenece”.

Desde su punto de vista, “la gran Reforma Constitucional sugiere que es urgente revisar el modelo social de la Constitución de 1917, en virtud de que el modelo revolucionario quedó atrás y hoy sólo podemos referirnos a la Revolución como un postulado ideológico- político y socialmente agotado”.

Abundó que habrá que esperar también la forma en que operarán los cambios constitucionales a través de las leyes secundarias que irá expidiendo el Congreso de la Unión y la protección que pueda brindar la Suprema Corte de Justicia a la sociedad que arguya una violación a sus derechos.

Respecto de la Constitución Política local, Córdoba del Valle manifestó que ésta ha cuidado mantener los cánones de protección a los veracruzanos, a través de los mecanismos constitucionales de protección de los Derechos Humanos, tomando en cuenta que ellos poseen características específicas, de rango máximo porque están regulados en la norma jurídica superior, dado que vinculan a los poderes públicos y encuentran una tutela judicial; es decir, que son controlables judicialmente para exigir la obligatoriedad de su protección.

Este máximo ordenamiento estatal sienta las bases jurídicas y administrativas de los poderes públicos locales y los actores políticos y sociales que se encuentran al frente de ellos.

De igual manera, concluyó, la legislación particular de los estados deberá estar acorde y en la misma sincronía de las reformas constitucionales aprobadas y vigentes, privilegiando la salvaguarda de los derechos y obligaciones de los gobernados.

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