México sigue siendo el país con el mayor consumo de refrescos del mundo, pues el año pasado superó los 160 litros anuales. Esto, aún cuando se impuso en 2014 un impuesto a las bebidas azucaradas que provocó un alza del precio de 10 por ciento.
Las bebidas azucaradas tienen un grave efecto en la salud de la población en México, pues al menos seis de cada diez muertes se atribuyen a su consumo por adultos de menos de 45 años.
Ante este panorama existe la propuesta de regular las llamadas «bebidas no alcohólicas», entendiéndose las mismas como cualquier líquido, natural o transformado, que superen los diez gramos de azúcar, para que pongan en su empaque o etiqueta externo, leyendas, pictogramas o imágenes que demuestren los efectos nocivos de su consumo.
Las bebidas que contienen azúcares añadidos como sacarosa, jarabe de maíz alto en fructosa, se asocian con un mayor riesgo de aumentar de peso y por lo tanto, desarrollar sobrepeso y obesidad, así como otras enfermedades cardiovasculares como diabetes, síndrome metabólico e hipertensión.
En México el consumo no solo es alto, sino que cada vez está más presente en niños de entre 1 y 2 años. Esto se debe, de acuerdo con la asociación Action on Sugar, a que las bebidas están enfocadas como un sano complemento alimenticio y señala que existen en el mundo 203 bebidas de este tipo.
Además, de acuerdo con un estudio de la Secretaría de Salud, la cantidad de azúcar encontrada en los refrescos es de 25 gramos; y hasta de 28 gramos para el caso de la bebidas saborizadas, ambos rangos presentes en una muestra de solo 200 mililitros, lo que significa que el consumo de azúcar rebasa por mucho la cantidad recomendada, sólo con un refresco o alguna bebida azucarada.
Por estas razones se presentó una iniciativa de ley para regular éstas bebidas, con apoyo del Foro Consultivo Científico y Tecnológico, en la cual destaca: las bebidas de este tipo deberán incluir leyendas, pictogramas o imágenes que demuestren los efectos nocivos del consumo de las mismas, señalar que deberán ocupar al menos el 30 por ciento del total del empaque o etiqueta, establecer que las leyendas deberán de ser de alto impacto preventivo, claras, visibles, legibles y no deberán ser obstruidas por ningún medio; y determinar que la Secretaría de Salud publicará en el Diario Oficial de la Federación las disposiciones para la formulación, aprobación, aplicación y utilización de las leyendas, imágenes o pictogramas sanitarios que se incorporarán en los paquetes de las bebidas no alcohólicas que superen los 25 gramos de azúcar.